Bloque I · Tema 8
La Administración General del Estado
«La Administración General del Estado. Órganos centrales. Órganos superiores y órganos directivos. Órganos territoriales. Otros órganos administrativos. La Administración del Estado en el exterior.»
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44 min de narración. Es el desarrollo del tema, sin las preguntas de test.
Tema 8. La Administración General del Estado
Bloque I. Organización pública. Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (C2).
Enunciado oficial (Anexo I, BOE-A-2025-26262): «La Administración General del Estado. Órganos centrales. Órganos superiores y órganos directivos. Órganos territoriales. Otros órganos administrativos. La Administración del Estado en el exterior.»
| Autoría | Equipo de contenidos TestMiOpo |
|---|---|
| Revisión jurídica | Pendiente de revisor colegiado |
| Última revisión | 7 de agosto de 2026 |
| Norma de referencia | Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE-A-2015-10566), artículos 54 a 80. Constitución Española, artículos 97 y 103 |
| Convocatoria de referencia | Resolución de 18 de diciembre de 2025 (BOE-A-2025-26262) |
1. Mapa del tema
LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
│
├── PRINCIPIOS Y ESTRUCTURA
│ ├── División funcional en Ministerios
│ ├── Gestión territorial integrada en Delegaciones del Gobierno
│ └── Tres ámbitos: central, territorial y exterior
│
├── ORGANIZACIÓN CENTRAL
│ ├── Órganos superiores: Ministros y Secretarios de Estado
│ ├── Órganos directivos: Subsecretarios y Secretarios generales
│ │ Secretarios generales técnicos y Directores generales
│ │ Subdirectores generales
│ ├── Unidades administrativas
│ └── Creación, modificación y supresión de órganos
│
├── ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
│ ├── Delegado del Gobierno: rango de Subsecretario
│ ├── Subdelegado del Gobierno: nivel de Subdirector general
│ ├── Directores insulares
│ └── Servicios integrados y no integrados
│
└── LA ADMINISTRACIÓN EN EL EXTERIOR
├── Embajadores y representantes permanentes
└── Ley 2/2014 de la Acción y del Servicio Exterior del Estado
2. Introducción y enfoque de estudio
Este tema describe la casa en la que va a trabajar quien apruebe la oposición. Es un tema de organigrama, y esa es a la vez su dificultad y su ventaja: hay que memorizar cargos, rangos y dependencias, pero todo encaja en un esquema que se dibuja en un folio.
Lo que se pregunta. Tres cosas, y casi solo tres. La clasificación de órganos superiores y directivos, que es una lista literal del artículo 55. Los rangos de Delegados y Subdelegados del Gobierno, que se confunden sistemáticamente. Y quién crea, modifica y suprime cada tipo de órgano, que es una escala de instrumentos normativos.
La confusión que hay que deshacer desde el principio. Gobierno y Administración no son lo mismo. El Gobierno dirige la Administración, según el artículo 97 de la Constitución, y la Administración sirve con objetividad los intereses generales, según el artículo 103. El Ministro pertenece a los dos mundos: es miembro del Gobierno y es a la vez el jefe superior de su departamento. La composición y el funcionamiento del Gobierno corresponden al tema I.5, propietario de esa materia.
Lo que este tema aporta al resto del manual. Saber quién es el superior jerárquico de cada órgano es lo que permite resolver las preguntas de recursos del tema I.11, y saber qué es un servicio común explica dónde se sitúan las unidades de personal, de gestión económica y de informática que aparecen en los temas de ofimática y de atención al público. Es un tema de apoyo, y por eso conviene tenerlo claro aunque su peso propio sea moderado.
El consejo de estudio. Dibuje el organigrama una vez, de arriba abajo, y compruébelo después contra el organigrama real de cualquier ministerio, que está publicado en su portal. Ver los nombres reales de las Subdirecciones Generales de un departamento fija el esquema mejor que releerlo.
3. Qué se pregunta de este tema
De dónde salen estas cifras. De ANALISIS-FRECUENCIA.md, recuento propio de TestMiOpo sobre los seis cuestionarios oficiales del ejercicio único publicados por la Comisión Permanente de Selección, de febrero de 2022 a mayo de 2026, con sus 480 preguntas clasificadas una a una (n = 6 ejercicios). Es medición, no impresión. No se reproduce el enunciado literal de ninguna pregunta oficial.
Lo que mide el recuento. Quince preguntas en seis ejercicios, media de 2,50 por ejercicio, rango de 2 a 5. Etiqueta de confianza medido. Es el tercer tema del Bloque I por número de preguntas.
Un criterio de clasificación declarado. Las preguntas sobre creación de órganos ministeriales que citan la Ley 50/1997 se asignan al tema I.5, y las que citan la Ley 40/2015 se asignan a este. Es un juicio del análisis de frecuencia, no una lectura literal del enunciado.
Dónde se concentran las preguntas. Reparto por epígrafes, inferencia declarada, no medición.
| Bloque del tema | Peso estimado | Etiqueta |
|---|---|---|
| Órganos superiores y directivos, con su clasificación | alto | inferido |
| Delegados y Subdelegados del Gobierno | alto | inferido |
| Creación, modificación y supresión de órganos | medio alto | inferido |
| Estructura de los Ministerios y servicios comunes | medio | inferido |
| Unidades administrativas | medio | inferido |
| Administración del Estado en el exterior | medio bajo | inferido |
| Principios de organización | bajo | inferido |
4. Desarrollo
4.1. Principios de organización y funcionamiento
El artículo 54 de la Ley 40/2015 dispone que la Administración General del Estado actúa y se organiza de acuerdo con los principios establecidos en el artículo 3, que son los ya estudiados en el tema I.11, así como los de descentralización funcional y desconcentración funcional y territorial.
Añade el mismo precepto que garantizará el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de las personas titulares de los órganos superiores y directivos y en el personal de alta dirección del sector público institucional estatal.
Dos conceptos que conviene separar y que producen preguntas. La descentralización traslada competencias a una persona jurídica distinta, por ejemplo a un organismo público; la desconcentración las traslada a órganos jerárquicamente dependientes dentro de la misma persona jurídica, y puede ser funcional o territorial. Ninguna de las dos es delegación: la delegación traslada el ejercicio, no la titularidad, según se explicó en el tema I.11.
Los dos criterios de organización, artículo 55.1: la organización de la Administración General del Estado responde a los principios de división funcional en Departamentos ministeriales y de gestión territorial integrada en Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, salvo las excepciones previstas por la ley. Uno organiza por materias y el otro por territorio, y esa doble lógica explica todo el resto del tema.
4.2. Los tres ámbitos de la Administración General del Estado
El artículo 55.2 dispone que la Administración General del Estado comprende:
- a) La Organización Central, que integra los Ministerios y los servicios comunes.
- b) La Organización Territorial.
- c) La Administración General del Estado en el exterior.
Esa tripartición es la estructura del enunciado oficial y la del propio tema.
4.3. Órganos superiores y órganos directivos
Es el epígrafe más preguntado y su contenido es literal. En la organización central, el artículo 55.3 distingue:
a) Órganos superiores:
1. Los Ministros.
2. Los Secretarios de Estado.
b) Órganos directivos:
1. Los Subsecretarios y Secretarios generales.
2. Los Secretarios generales técnicos y Directores generales.
3. Los Subdirectores generales.
En la organización territorial, artículo 55.4, son órganos directivos tanto los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas, que tendrán rango de Subsecretario, como los Subdelegados del Gobierno en las provincias, que tendrán nivel de Subdirector general.
En la Administración General del Estado en el exterior, artículo 55.5, son órganos directivos los embajadores y representantes permanentes ante Organizaciones internacionales.
Una precisión sobre los Secretarios generales. Aparecen en el primer escalón de los directivos, junto a los Subsecretarios, y sin embargo su existencia es potestativa: un ministerio puede no tener ninguno. Cuando existen, ejercen competencias sobre un sector de actividad determinado y tienen categoría de Subsecretario, lo que los sitúa por encima de los Directores generales de su ámbito. Es una figura que se confunde con dos vecinas, la Secretaría de Estado, que es órgano superior, y la Secretaría General Técnica, que es órgano directivo de servicios comunes con categoría de Director general. Tres nombres parecidos y tres posiciones distintas en la escala.
La condición de alto cargo, artículo 55.6. Los órganos superiores y directivos tienen además la condición de alto cargo, excepto los Subdirectores generales y asimilados, de acuerdo con la Ley 3/2015, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. Es una de las excepciones que más se preguntan.
Y la regla de cierre, artículo 55.7: todos los demás órganos de la Administración General del Estado se encuentran bajo la dependencia o dirección de un órgano superior o directivo.
Cómo se retiene esta lista. Los órganos superiores dirigen la política del sector; los directivos la ejecutan y gestionan. Solo hay dos superiores, Ministros y Secretarios de Estado, y los directivos van en tres escalones descendentes. Y el único directivo que no es alto cargo es el Subdirector general, que es precisamente el escalón donde acaba el nombramiento político y empieza la carrera administrativa profesional.
4.4. Las unidades administrativas
El artículo 56 define las unidades administrativas como los elementos organizativos básicos de las estructuras orgánicas. Comprenden puestos de trabajo o dotaciones de plantilla vinculados funcionalmente por razón de sus cometidos y orgánicamente por una jefatura común, y pueden existir unidades administrativas complejas, que agrupen dos o más unidades menores.
Añade el precepto que los jefes de las unidades administrativas son responsables del correcto funcionamiento de la unidad y de la adecuada ejecución de las tareas asignadas.
La distinción que se pregunta. Órgano y unidad no son lo mismo. El órgano tiene competencias atribuidas y puede dictar actos con efectos frente a terceros; la unidad administrativa es la agrupación de puestos que trabaja bajo una jefatura común. Toda unidad se integra en un órgano, y un auxiliar administrativo desempeña su puesto dentro de una unidad.
4.5. Los Ministerios y su organización interna
La estructura general, artículo 57. La Administración General del Estado se organiza en Presidencia del Gobierno y en Ministerios, comprendiendo cada uno de ellos uno o varios sectores funcionalmente homogéneos de actividad administrativa.
La organización interna, artículo 58, que es material de examen:
- En los Ministerios pueden existir Secretarías de Estado y Secretarías Generales para la gestión de un sector de actividad administrativa, de las que dependerán jerárquicamente los órganos directivos que se les adscriban.
- Los Ministerios contarán en todo caso con una Subsecretaría, y dependiendo de ella una Secretaría General Técnica, para la gestión de los servicios comunes.
- Las Direcciones Generales son los órganos de gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas del Ministerio, y se organizan en Subdirecciones Generales para la distribución de sus competencias.
Las dos palabras clave son pueden y en todo caso. Las Secretarías de Estado y las Secretarías Generales pueden existir o no; la Subsecretaría y, bajo ella, la Secretaría General Técnica existen siempre. Es la pregunta que más veces se plantea sobre este artículo.
La ordenación jerárquica, artículo 60. Los Ministros son los jefes superiores del Departamento y superiores jerárquicos directos de los Secretarios de Estado y Subsecretarios. Los órganos directivos dependen de alguno de los anteriores y se ordenan jerárquicamente entre sí así: Subsecretario, Director general y Subdirector general.
4.6. Las funciones de cada órgano
Los Ministros, artículo 61, dirigen los sectores de actividad integrados en su Ministerio y asumen la responsabilidad inherente a esa dirección. Entre sus funciones figuran ejercer la potestad reglamentaria en las materias propias de su departamento, fijar los objetivos del Ministerio y aprobar sus planes de actuación asignando recursos, aprobar las propuestas de los estados de gastos del Ministerio y de los presupuestos de sus organismos, y las demás que el precepto enumera.
Los Secretarios de Estado, artículo 62, son directamente responsables de la ejecución de la acción del Gobierno en un sector de actividad específica, pueden ostentar por delegación expresa de sus Ministros la representación de estos en materias de su competencia, y dirigen y coordinan las Secretarías y las Direcciones Generales situadas bajo su dependencia.
Los Subsecretarios ostentan la representación ordinaria del Ministerio, dirigen los servicios comunes, ejercen las competencias correspondientes a esos servicios y, en particular, apoyan a los órganos superiores en la planificación de la actividad del departamento, asisten al Ministro en el control de eficacia y desempeñan la jefatura superior del personal del departamento, entre otras funciones.
Los Secretarios generales, cuando existen, ejercen las competencias sobre un sector de actividad administrativa determinado y tienen categoría de Subsecretario.
Los Secretarios generales técnicos, bajo la dependencia inmediata del Subsecretario, tienen las competencias sobre servicios comunes que les atribuya el real decreto de estructura del departamento y, en todo caso, las relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones. Tienen categoría de Director general.
Los Directores generales son los titulares de los órganos directivos encargados de la gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas, y les corresponde proponer los proyectos de su Dirección General para alcanzar los objetivos establecidos por el Ministro, dirigir su ejecución y controlar su adecuado cumplimiento, así como ejercer las competencias atribuidas a la Dirección General y las que le sean desconcentradas o delegadas.
Una lectura de conjunto de estas funciones. Vistas en fila, dibujan una cadena que va de la decisión política a la gestión concreta. El Ministro fija objetivos y ejerce la potestad reglamentaria; el Secretario de Estado ejecuta la acción del Gobierno en su sector; el Subsecretario sostiene la máquina interna con los servicios comunes; el Secretario general técnico cubre la producción normativa y la asistencia jurídica; el Director general dirige un área material; y el Subdirector general responde de que los expedientes concretos salgan adelante. Cada escalón traduce el anterior a un nivel de detalle mayor, y el último es el que toca el expediente.
Dónde se sitúa el trabajo administrativo ordinario. Por debajo de esa cadena, en las unidades que dependen de la Subdirección General. Es ahí donde se registran los escritos, se comprueban los requisitos, se recaban los informes y se preparan las propuestas que después firmará quien tenga la competencia. Saber que la firma corresponde a otro no resta importancia al trabajo previo: la propuesta condiciona la resolución, y un expediente mal preparado produce una resolución impugnable.
Los Subdirectores generales son los responsables inmediatos, bajo la supervisión del Director general o del titular del órgano del que dependan, de la ejecución de aquellos proyectos, objetivos o actividades que les sean asignados, así como de la gestión ordinaria de los asuntos de la competencia de la Subdirección General.
El dato de nombramiento que se pregunta. Los Subdirectores generales son nombrados y cesados por el Ministro, Secretario de Estado o Subsecretario del que dependan, entre funcionarios de carrera del Estado o de otras Administraciones, cuando así lo prevean las normas de aplicación, que pertenezcan a cuerpos y escalas clasificados como Subgrupo A1. Es el escalón en el que la organización deja de ser política y pasa a ser profesional.
4.7. Creación, modificación y supresión de órganos
El artículo 59 fija una escala de instrumentos que es pregunta segura:
| Órgano | Instrumento |
|---|---|
| Subsecretarías, Secretarías Generales, Secretarías Generales Técnicas, Direcciones Generales, Subdirecciones Generales y órganos similares | Real Decreto del Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministro interesado y a propuesta del Ministro competente en materia de función pública |
| Órganos de nivel inferior a Subdirección General | Orden del Ministro respectivo, previa autorización del Ministro competente en la materia |
| Unidades que no tengan la consideración de órganos | A través de las relaciones de puestos de trabajo |
Por qué la ley reserva al Consejo de Ministros la creación de los órganos directivos. Porque crear una Subdirección General no es una decisión doméstica: compromete crédito presupuestario, altera el reparto de competencias dentro del departamento y afecta a la estructura general de la Administración. Someterla a Real Decreto obliga a que la decisión pase por un procedimiento con informes y publicidad, y la hace comprobable. La contrapartida es la rigidez, que la propia ley compensa dejando en manos del Ministro los órganos de nivel inferior y en las relaciones de puestos de trabajo la organización de las unidades.
La regla que resume la escala: cuanto más alto es el órgano, más alto es el instrumento que lo crea. Y una consecuencia práctica: la creación de una Subdirección General no se hace con una orden ministerial, y la de un servicio o una sección no necesita un real decreto.
Ningún órgano puede crearse duplicando otro. El propio precepto exige que la creación de cualquier órgano exija la determinación de su forma de integración en la Administración y su dependencia jerárquica, la delimitación de sus funciones y competencias y la dotación de los créditos necesarios para su puesta en marcha y funcionamiento, y prohíbe crear nuevos órganos que supongan duplicación de otros ya existentes si al mismo tiempo no se suprime o restringe debidamente la competencia de estos.
4.8. La organización territorial
Las Delegaciones del Gobierno, artículo 69. Existirá una Delegación del Gobierno en cada una de las Comunidades Autónomas, con sede en la localidad donde radique el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, salvo que el Consejo de Ministros acuerde ubicarla en otra distinta y sin perjuicio de lo que disponga el Estatuto de Autonomía. Las Delegaciones están adscritas orgánicamente al Ministerio competente en materia de función pública y Administraciones territoriales.
Los Delegados del Gobierno, artículo 72. Representan al Gobierno de la Nación en el territorio de la respectiva Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la representación ordinaria del Estado a través de los Presidentes autonómicos. Dirigen y supervisan la Administración General del Estado en el territorio y la coordinan, internamente y cuando proceda, con la administración propia de la Comunidad y con la de las Entidades Locales. Son órganos directivos con rango de Subsecretario que dependen orgánicamente del Presidente del Gobierno y funcionalmente del Ministerio competente por razón de la materia.
Sus competencias, artículo 73, se agrupan en cuatro grandes bloques: dirección y coordinación de la Administración General del Estado y sus organismos públicos en el territorio; información de la acción del Gobierno e información a los ciudadanos; coordinación y cooperación con otras Administraciones territoriales; y control de legalidad, incluida la posibilidad de impugnar actos y acuerdos en los términos legalmente previstos.
Los Subdelegados del Gobierno, artículo 74. En cada provincia y bajo la inmediata dependencia del Delegado del Gobierno existirá un Subdelegado del Gobierno, con nivel de Subdirector General, nombrado por aquel mediante el procedimiento de libre designación entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales pertenecientes a cuerpos o escalas clasificados como Subgrupo A1. En las Comunidades Autónomas uniprovinciales en las que no exista Subdelegado, el Delegado del Gobierno asume sus competencias.
La diferencia que más se pregunta del tema. El Delegado del Gobierno tiene rango de Subsecretario y su nombramiento es político; el Subdelegado tiene nivel de Subdirector general y se nombra por libre designación entre funcionarios de carrera del Subgrupo A1. Invertir esos rangos es el error más repetido.
Las competencias de los Subdelegados, artículo 75, incluyen las funciones de comunicación, colaboración y cooperación con la Comunidad Autónoma y las Entidades Locales, la dirección y coordinación de la protección civil en el ámbito provincial y la dirección de los servicios integrados de la Administración General del Estado en la provincia, entre otras.
La estructura de las Delegaciones y Subdelegaciones, artículo 76, se fija por Real Decreto del Consejo de Ministros, y contarán en todo caso con una Secretaría General, dependiente de los Delegados o, en su caso, de los Subdelegados del Gobierno, como órgano de gestión de los servicios comunes.
Los Directores insulares. En las islas en que así se determine reglamentariamente existirán Directores Insulares de la Administración General del Estado, con dependencia del Delegado del Gobierno o del Subdelegado cuando exista, nombrados también por libre designación entre funcionarios de carrera.
Servicios integrados y no integrados. La lógica de la gestión territorial integrada es que los servicios de la Administración General del Estado en el territorio se integren en la Delegación del Gobierno, salvo aquellos que por su especialidad se mantengan como no integrados y dependan directamente de sus ministerios. Es la excepción a la que alude el artículo 55.1 cuando dice salvo las excepciones previstas por esta Ley.
4.9. La Administración General del Estado en el exterior
Sus órganos directivos, según el artículo 55.5, son los embajadores y los representantes permanentes ante Organizaciones internacionales.
Su régimen, artículo 80: el Servicio Exterior del Estado se rige, en todo lo concerniente a su composición, organización, funciones, integración y personal, por lo dispuesto en la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado y en su normativa de desarrollo y, supletoriamente, por lo dispuesto en la Ley 40/2015.
Lo que interesa retener para el examen. Que la Administración en el exterior es uno de los tres ámbitos del artículo 55.2; que sus órganos directivos son los embajadores y los representantes permanentes; y que su norma propia es la Ley 2/2014, aplicándose la Ley 40/2015 solo de forma supletoria.
Y un dato que conecta con otros temas. Las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero son uno de los lugares en los que pueden presentarse documentos dirigidos a las Administraciones Públicas, según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 estudiado en el tema II.3. Es la manifestación más visible de esta parte de la organización para un ciudadano.
4.9 bis. Por qué la organización se estudia por rangos y no por nombres
Merece un epígrafe propio porque explica cómo hay que estudiar este tema y cómo se plantean sus preguntas.
Los nombres cambian; los rangos, no. Un mismo ámbito de actividad puede llamarse Dirección General en una legislatura y Secretaría General en otra, y un ministerio puede fusionarse con otro sin que cambie nada esencial. Lo que la ley fija es la escala: qué es órgano superior, qué es directivo, de quién depende cada escalón y con qué instrumento se crea. Por eso las preguntas no versan sobre el organigrama vigente sino sobre la escala.
El rango tiene consecuencias jurídicas concretas. Determina quién es el superior jerárquico a efectos del recurso de alzada del tema I.11; determina si el titular es alto cargo y queda sujeto al régimen propio de estos; determina el instrumento normativo necesario para crear o suprimir el órgano; y determina, en la organización territorial, quién asume las competencias cuando no existe el escalón inferior.
Un ejemplo que reúne las tres consecuencias. Un acto dictado por un Subdirector general no pone fin a la vía administrativa, de modo que cabe alzada ante su superior jerárquico; su titular no es alto cargo, sino funcionario de carrera del Subgrupo A1; y su Subdirección General se creó por Real Decreto del Consejo de Ministros. Tres datos distintos que se deducen de un solo dato de rango.
De ahí la recomendación de estudio. Memorizar la escala una vez y deducir de ella lo demás, en lugar de memorizar por separado cada consecuencia. Es también la forma en que las preguntas están construidas: casi todas comprueban si el opositor sabe situar un cargo en la escala.
4.10. Otros órganos administrativos y el sector público institucional
El enunciado menciona otros órganos administrativos, expresión que abarca realidades distintas y que conviene ordenar sin invadir otros temas.
Los órganos colegiados, cuyo régimen general está en los artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015 y que ya se citaron en el tema II.11 a propósito de las convocatorias por medios electrónicos. Su nota característica es que la voluntad se forma por la deliberación y el voto de varios miembros, con un Presidente y un Secretario, y que su funcionamiento puede ser presencial o a distancia.
El sector público institucional estatal, que agrupa a los organismos públicos y entidades vinculados o dependientes de la Administración General del Estado: organismos autónomos, entidades públicas empresariales, agencias estatales, autoridades administrativas independientes, sociedades mercantiles estatales, fundaciones del sector público y consorcios, entre otras figuras. Su régimen está en el Título II de la Ley 40/2015 y su desarrollo detallado no pertenece a este tema.
La diferencia esencial que sí conviene saber. La Administración General del Estado es una única persona jurídica; los organismos públicos y demás entidades del sector público institucional tienen personalidad jurídica propia. De ahí que trasladar competencias a un organismo sea descentralización funcional y no desconcentración.
Y los órganos consultivos. El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno, y su dictamen aparece en este manual a propósito de la revisión de oficio del tema I.11. No forma parte de la Administración General del Estado en sentido estricto, sino que es un órgano constitucional de carácter consultivo con regulación propia.
4.10 bis. Los servicios comunes
El artículo 55.2.a) menciona expresamente los servicios comunes como parte de la organización central, y conviene saber qué son porque es donde se destina buena parte del personal auxiliar.
Qué son. Los servicios que dan soporte al funcionamiento del departamento y que no gestionan la política sectorial: gestión de personal, gestión económica y presupuestaria, contratación, informática y comunicaciones, régimen interior y servicios generales, asistencia jurídica, publicaciones e inspección de servicios. Se agrupan bajo la Subsecretaría, y su órgano técnico característico es la Secretaría General Técnica.
Por qué existen y por qué están centralizados. Porque las funciones de soporte son idénticas en todas las áreas del departamento y separarlas por Direcciones Generales multiplicaría el coste sin mejorar el servicio. Es una aplicación práctica de los principios de eficiencia y economía del artículo 3 de la Ley 40/2015.
Qué significa para quien trabaja allí. Que su unidad presta servicio a todo el ministerio y no a un programa concreto. Un auxiliar destinado en gestión de personal tramita expedientes de todo el departamento; uno destinado en una Subdirección General sectorial tramita los de esa materia. Las dos posiciones existen y conviene conocer la diferencia antes de elegir destino.
La inspección de servicios, que ya apareció en el tema II.2 como destinataria de las quejas no contestadas, es también un servicio común: le corresponde el seguimiento del funcionamiento de las unidades del departamento y la evaluación de la calidad, lo que la convierte en el punto donde confluyen la organización de este tema y el programa de calidad de aquel.
4.10 ter. La Administración periférica vista desde el puesto
El organigrama territorial se entiende mejor desde el trabajo diario que desde el esquema.
Qué hay en una Subdelegación del Gobierno. Una Secretaría General como órgano de gestión de los servicios comunes, y las dependencias que corresponden a los servicios integrados: extranjería, tráfico en su caso, agricultura, industria, sanidad exterior, alta inspección de educación y otras, según el reparto vigente. A ellas se suman los servicios no integrados, que dependen directamente de sus ministerios pese a estar en la misma provincia.
Qué distingue a un servicio integrado de uno no integrado. El integrado depende funcionalmente del Delegado o Subdelegado del Gobierno, que dirige su actividad en el territorio; el no integrado mantiene la dependencia directa de su ministerio por razones de especialidad. Para el ciudadano la diferencia es invisible; para la tramitación es decisiva, porque determina quién dirige, quién coordina y a quién se eleva un asunto.
Por qué importa esta parte del tema a un auxiliar administrativo. Porque una parte sustancial de los destinos del Cuerpo General Auxiliar está en la Administración periférica: en Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en oficinas de extranjería, en direcciones provinciales de organismos y en oficinas de asistencia en materia de registros repartidas por todo el territorio. Conocer la estructura no es un ejercicio teórico: es saber dónde se puede acabar trabajando y de quién se dependerá.
Y una advertencia sobre las denominaciones. Los nombres de los ministerios y el reparto concreto de servicios cambian con cada reestructuración, mientras que la arquitectura que fija la Ley 40/2015, con su Delegación por Comunidad Autónoma y su Subdelegación por provincia, permanece. El examen pregunta por la arquitectura.
4.11. Cómo se lee un organigrama ministerial
Cierra el desarrollo un ejercicio práctico que ordena todo lo anterior y que responde a la parte del enunciado sobre órganos centrales.
Qué se ve al abrir el organigrama de cualquier ministerio. Arriba, el Ministro. Debajo, en su caso, una o varias Secretarías de Estado, y siempre una Subsecretaría. De la Subsecretaría cuelga la Secretaría General Técnica y los servicios comunes: personal, gestión económica, informática, régimen interior, inspección de servicios y asesoría jurídica. De cada Secretaría de Estado o del propio Ministro cuelgan Direcciones Generales, y de cada Dirección General, Subdirecciones Generales. Por debajo de la Subdirección General empiezan los servicios, las secciones y los negociados, que son unidades administrativas y no órganos.
Dónde encaja un auxiliar administrativo. En una unidad administrativa, dentro de una Subdirección General o de un servicio territorial, con un jefe de unidad responsable de su correcto funcionamiento. Saber leer ese organigrama tiene una utilidad inmediata: permite identificar quién es el órgano competente para resolver un asunto, que es el primer dato que hay que averiguar ante cualquier escrito.
Qué revela la comparación entre ministerios. Que el número y la denominación de las Secretarías de Estado y de las Direcciones Generales cambian con cada legislatura y con cada reestructuración, mientras que la Subsecretaría y la Secretaría General Técnica permanecen. Esa estabilidad no es casual: son los órganos de servicios comunes, es decir, los que sostienen el funcionamiento del departamento con independencia de la orientación política del momento.
Un último apunte sobre los servicios comunes y la carrera. Los puestos de los servicios comunes suelen ser la puerta de entrada de quien accede al Cuerpo General Auxiliar, porque concentran tramitación administrativa de volumen y procedimientos homogéneos. Trabajar allí enseña el funcionamiento del departamento entero, que es una ventaja evidente cuando después se concursa a un puesto sectorial: quien ha gestionado personal o contratación conoce a todas las unidades y sabe cómo se mueve un expediente entre ellas.
Y una advertencia para el estudio. No merece la pena memorizar la relación de ministerios existentes en un momento dado, porque cambia. Lo que se pregunta es la estructura tipo, que es la que fija la ley, y esa sí es estable.
5. Jurisprudencia esencial
La organización administrativa produce menos amparos que los derechos fundamentales y más conflictos de competencia que casi cualquier otra materia. Las resoluciones siguientes se han comprobado en el Boletín Oficial del Estado y se citan por lo que allí consta.
STC 55/2018, de 24 de mayo (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 3628-2016, interpuesto por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña, publicada como BOE-A-2018-8574). Resolvió sobre diversos preceptos de la Ley 39/2015, declarando la nulidad de extremos relativos a los registros electrónicos de apoderamientos, a los principios de buena regulación y a los preceptos que identifican los títulos competenciales habilitantes de la ley, además de declarar inconstitucionales distintos preceptos sobre iniciativa legislativa y potestad reglamentaria y de interpretar conforme la disposición sobre adhesión de las Administraciones territoriales a las plataformas y registros estatales. Lleva voto particular. Interesa a este tema porque delimita hasta dónde alcanza la capacidad del Estado para imponer un modelo organizativo y procedimental común.
STC 132/2018, de 13 de diciembre (publicada como BOE-A-2019-457). Declaró contrarios al orden constitucional de competencias determinados incisos de la Ley 40/2015 en materia de convenios, que es uno de los instrumentos con los que la Administración General del Estado se relaciona con las demás Administraciones en el territorio. Es la resolución que recuerda que las relaciones interadministrativas no pueden regularse desde el Estado sin límite.
STC 100/2019, de 18 de julio (Pleno, conflicto positivo de competencia 259-2019, planteado por el Gobierno vasco, publicada como BOE-A-2019-11912). Declaró la nulidad de preceptos reglamentarios estatales que regulaban la actividad administrativa de los parlamentos autonómicos y atribuían a la Administración General del Estado el ejercicio de funciones ejecutivas de titularidad autonómica, así como la ausencia de carácter básico de otras disposiciones. Es el ejemplo más claro de la frontera entre lo que la Administración General del Estado puede ordenar para sí y lo que no puede imponer a otras Administraciones.
STC 292/2000, de 30 de noviembre (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 1463/2000, publicada como BOE-T-2001-332). Configuró el derecho fundamental a la protección de datos como derecho autónomo, con un poder de control de la persona sobre sus datos personales, su uso y su destino. Se cita aquí porque toda la organización descrita maneja datos de ciudadanos y de su propio personal, y ese derecho opera como límite transversal.
STC 52/2014, de 10 de abril (Pleno, cuestión de inconstitucionalidad 2918-2005, publicada como BOE-A-2014-4822). Declaró constitucional el precepto que fija el plazo para recurrir los actos presuntos, desde la tutela judicial efectiva en su vertiente de acceso a la justicia y la seguridad jurídica. Se recoge porque cualquier acto de los órganos que este tema describe es susceptible de impugnación en los términos del tema I.11, y la organización solo se entiende del todo cuando se sabe quién responde de cada acto.
Por qué este tema tiene poca jurisprudencia de amparo. Porque la organización interna de la Administración no suele afectar por sí sola a derechos fundamentales: afecta a quién decide, no a qué se decide. Los conflictos que llegan al Tribunal Constitucional son, por eso, competenciales, y los que llegan a la jurisdicción contencioso-administrativa versan sobre la competencia del órgano que dictó un acto concreto, que es un vicio del tema I.11 y no de este. Conviene saberlo para no buscar aquí una doctrina que no existe y para reconocer, cuando aparezca una pregunta sobre incompetencia, que la respuesta está en el artículo 47 de la Ley 39/2015.
Lo que hay que llevarse. La organización de la Administración General del Estado es una decisión del Estado sobre sí mismo, y ahí su margen es amplio. Cuando esa organización proyecta efectos sobre otras Administraciones, el margen se estrecha y aparece el reparto competencial. Y en todo caso, cada órgano de los descritos dicta actos de los que responde y que el ciudadano puede impugnar.
6. Tabla resumen del tema
| Concepto | Dato exacto |
|---|---|
| Principios de organización de la AGE | Los del art. 3 de la Ley 40/2015, más descentralización funcional y desconcentración funcional y territorial |
| Criterios de estructura | División funcional en Departamentos ministeriales y gestión territorial integrada en Delegaciones del Gobierno |
| Ámbitos que comprende | Organización Central, Organización Territorial y Administración General del Estado en el exterior |
| Órganos superiores | Ministros y Secretarios de Estado |
| Órganos directivos, primer escalón | Subsecretarios y Secretarios generales |
| Órganos directivos, segundo escalón | Secretarios generales técnicos y Directores generales |
| Órganos directivos, tercer escalón | Subdirectores generales |
| Condición de alto cargo | La tienen los órganos superiores y directivos, excepto los Subdirectores generales y asimilados |
| Órganos directivos territoriales | Delegados del Gobierno, con rango de Subsecretario, y Subdelegados, con nivel de Subdirector general |
| Órganos directivos en el exterior | Embajadores y representantes permanentes ante Organizaciones internacionales |
| Unidad administrativa | Elemento organizativo básico: puestos vinculados funcionalmente y con jefatura común |
| Órganos que siempre existen en un Ministerio | Una Subsecretaría y, dependiendo de ella, una Secretaría General Técnica |
| Órganos que pueden existir | Secretarías de Estado y Secretarías Generales |
| Ordenación jerárquica de los directivos | Subsecretario, Director general y Subdirector general |
| Jefe superior del Departamento | El Ministro, superior jerárquico directo de Secretarios de Estado y Subsecretarios |
| Categoría del Secretario general | De Subsecretario |
| Categoría del Secretario general técnico | De Director general |
| Creación de Subsecretarías, Secretarías Generales, SGT, Direcciones y Subdirecciones Generales | Real Decreto del Consejo de Ministros |
| Creación de órganos de nivel inferior a Subdirección General | Orden del Ministro respectivo |
| Creación de unidades que no son órganos | A través de las relaciones de puestos de trabajo |
| Nombramiento de Subdirectores generales | Entre funcionarios de carrera del Subgrupo A1 |
| Delegación del Gobierno | Una en cada Comunidad Autónoma, con sede donde radique su Consejo de Gobierno salvo acuerdo distinto |
| Dependencia del Delegado del Gobierno | Orgánica del Presidente del Gobierno y funcional del Ministerio competente por razón de la materia |
| Nombramiento del Subdelegado | Libre designación por el Delegado, entre funcionarios de carrera del Subgrupo A1 |
| Comunidades uniprovinciales sin Subdelegado | El Delegado del Gobierno asume sus competencias |
| Estructura de Delegaciones y Subdelegaciones | Real Decreto del Consejo de Ministros; contarán en todo caso con una Secretaría General |
| Directores insulares | En las islas que se determinen, por libre designación entre funcionarios de carrera |
| Norma del Servicio Exterior | Ley 2/2014, de 25 de marzo, aplicándose la Ley 40/2015 supletoriamente |
| Personalidad jurídica | La AGE es una única persona jurídica; los organismos públicos tienen personalidad propia |
7. Trampas de examen
1. Los órganos superiores son solo dos: Ministros y Secretarios de Estado. Los Subsecretarios son órganos directivos, no superiores.
2. Todos los órganos superiores y directivos son altos cargos, excepto los Subdirectores generales y asimilados. Es la excepción que más se pregunta.
3. El Delegado del Gobierno tiene rango de Subsecretario; el Subdelegado, nivel de Subdirector general. Invertirlos es el error clásico del tema.
4. El Subdelegado se nombra por libre designación entre funcionarios de carrera del Subgrupo A1. No es un nombramiento libre entre cualquier persona.
5. Hay una Delegación del Gobierno en cada Comunidad Autónoma, no una por provincia. Los Subdelegados son los provinciales.
6. En las Comunidades uniprovinciales sin Subdelegado, el Delegado asume sus competencias.
7. El Delegado del Gobierno depende orgánicamente del Presidente del Gobierno y funcionalmente del Ministerio competente por razón de la materia.
8. Todo Ministerio tiene en todo caso una Subsecretaría y, dependiendo de ella, una Secretaría General Técnica. Las Secretarías de Estado, en cambio, pueden existir o no.
9. La Secretaría General Técnica depende de la Subsecretaría, no del Ministro directamente.
10. El Secretario general tiene categoría de Subsecretario y el Secretario general técnico, de Director general.
11. Las Subdirecciones Generales se crean por Real Decreto del Consejo de Ministros, no por orden ministerial.
12. Los órganos de nivel inferior a Subdirección General se crean por orden del Ministro, y las unidades que no son órganos, a través de las relaciones de puestos de trabajo.
13. Órgano no es lo mismo que unidad administrativa. La unidad agrupa puestos bajo una jefatura común; el órgano tiene competencias atribuidas.
14. Descentralización no es desconcentración. La primera traslada a otra persona jurídica; la segunda, a órganos jerárquicamente dependientes de la misma.
15. La Administración General del Estado es una única persona jurídica. Los organismos públicos tienen personalidad jurídica propia.
16. Los órganos directivos en el exterior son los embajadores y los representantes permanentes ante Organizaciones internacionales.
17. El Servicio Exterior se rige por la Ley 2/2014, y la Ley 40/2015 se aplica solo supletoriamente.
18. El Ministro es superior jerárquico directo de Secretarios de Estado y Subsecretarios, y la escala de los directivos es Subsecretario, Director general y Subdirector general.
19. No pueden crearse órganos que dupliquen otros existentes sin suprimir o restringir la competencia de estos.
20. Gobierno y Administración no son lo mismo. El Gobierno dirige la Administración, y su composición corresponde al tema I.5.
8. Reglas mnemotécnicas
Para los órganos superiores y directivos: dos arriba y tres escalones abajo. Arriba, Ministros y Secretarios de Estado; abajo, Subsecretarios y Secretarios generales, después Secretarios generales técnicos y Directores generales, y al final Subdirectores generales.
Para los altos cargos: todos lo son menos el último escalón. Donde acaba el alto cargo empieza el funcionario de carrera.
Para los rangos territoriales: el Delegado sube a Subsecretario, el Subdelegado baja a Subdirector general. La palabra Sub del cargo no marca el rango: el Delegado, que no la lleva, es el que está más alto.
Para lo que siempre existe en un Ministerio: Subsecretaría siempre, y colgando de ella la Secretaría General Técnica. Todo lo demás puede existir o no.
Para los instrumentos de creación: Real Decreto para lo que llega hasta Subdirección General, orden ministerial para lo que está por debajo y relación de puestos para lo que ni siquiera es órgano.
Para los tres ámbitos: central, territorial y exterior. Ministerios, Delegaciones y embajadas.
9. Aplicación práctica
Caso 1. Llega a la unidad un escrito dirigido genéricamente al Ministerio.
Lo primero es identificar el órgano competente para resolver, porque de él depende quién debe firmar y qué recursos caben después. El organigrama del departamento indica de qué Dirección General depende la materia y qué Subdirección General la gestiona. Si el escrito estuviera dirigido a un órgano incompetente, procede remitirlo al competente conforme a las reglas del tema I.11, y no devolverlo al interesado.
Caso 2. Un ciudadano de una provincia quiere presentar un escrito dirigido a un ministerio y pregunta dónde.
Puede presentarlo en cualquier registro electrónico, en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las oficinas de Correos en la forma reglamentariamente establecida y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares si está en el extranjero, según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. En su provincia, la Subdelegación del Gobierno es la sede natural de la Administración General del Estado, y la Delegación del Gobierno lo es en la capital autonómica.
Caso 3. Se va a crear una nueva unidad para gestionar un programa.
Antes de nada hay que decidir si lo que se necesita es un órgano o una unidad. Si es una Subdirección General, hace falta Real Decreto del Consejo de Ministros; si es un servicio o una sección, orden del Ministro; y si se trata de agrupar puestos bajo una jefatura sin crear órgano, basta con la relación de puestos de trabajo. Además hay que determinar su dependencia jerárquica, delimitar sus funciones, dotar los créditos y comprobar que no duplica otro órgano existente.
Caso 4. Una comunidad autónoma y la Administración General del Estado deben coordinarse para una actuación en el territorio.
La coordinación en el territorio corresponde al Delegado del Gobierno, que dirige y supervisa la Administración General del Estado en la Comunidad Autónoma y la coordina con la administración autonómica y con las entidades locales. El instrumento habitual es el convenio, cuya regulación fue objeto de la sentencia constitucional citada en el epígrafe 5, lo que obliga a cuidar el respeto al reparto competencial.
Caso 5. Un ciudadano recurre un acto dictado por un Subdirector general y pregunta ante quién.
La respuesta se obtiene combinando este tema con el I.11. Como el Subdirector general tiene superior jerárquico y su acto no pone fin a la vía administrativa, procede el recurso de alzada ante el órgano superior jerárquico del que lo dictó, en el plazo de un mes si el acto es expreso. Saber leer la escala del artículo 55 es, por tanto, lo que permite responder correctamente a una pregunta que aparentemente es de recursos.
Caso 6. Un opositor consulta el organigrama del ministerio en el que quisiera destinarse.
Encontrará arriba al Ministro, en su caso Secretarías de Estado, siempre una Subsecretaría con su Secretaría General Técnica y los servicios comunes, y después Direcciones Generales con sus Subdirecciones Generales. Su puesto, de aprobar, estará en una unidad administrativa por debajo de ese último escalón. Comprobarlo antes de elegir destino es más útil que cualquier resumen: el organigrama dice qué hace cada unidad y de quién depende.
10. Preguntas de test con respuesta explicada
Las cincuenta preguntas siguientes son de redacción propia del equipo de contenidos de TestMiOpo. No reproducen el enunciado ni las opciones de ningún cuestionario oficial ni de ningún banco de preguntas ajeno.
1. La organización de la Administración General del Estado responde a los principios de:
a) Centralización y jerarquía b) División funcional en Departamentos ministeriales y gestión territorial integrada en Delegaciones del Gobierno c) Autonomía y descentralización política d) Especialidad y subsidiariedad
Respuesta: b). Artículo 55.1 de la Ley 40/2015.
2. La Administración General del Estado comprende:
a) Organización Central y Organización Territorial b) Organización Central, Organización Territorial y Administración General del Estado en el exterior c) Ministerios y organismos autónomos d) Gobierno y Administración
Respuesta: b).
3. Son órganos superiores de la organización central:
a) Los Ministros y los Subsecretarios b) Los Ministros y los Secretarios de Estado c) Los Secretarios de Estado y los Directores generales d) Los Subsecretarios y los Secretarios generales
Respuesta: b).
4. Son órganos directivos:
a) Los Ministros b) Los Subsecretarios, Secretarios generales, Secretarios generales técnicos, Directores generales y Subdirectores generales c) Solo los Directores generales d) Los jefes de servicio
Respuesta: b).
5. Tienen la condición de alto cargo todos los órganos superiores y directivos excepto:
a) Los Secretarios generales técnicos b) Los Subdirectores generales y asimilados c) Los Directores generales d) Los Subsecretarios
Respuesta: b).
6. Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas tienen:
a) Rango de Ministro b) Rango de Subsecretario c) Nivel de Subdirector general d) Rango de Director general
Respuesta: b).
7. Los Subdelegados del Gobierno en las provincias tienen:
a) Rango de Subsecretario b) Nivel de Subdirector general c) Rango de Director general d) Condición de alto cargo
Respuesta: b).
8. Son órganos directivos de la Administración General del Estado en el exterior:
a) Los cónsules honorarios b) Los embajadores y los representantes permanentes ante Organizaciones internacionales c) Los agregados de defensa d) Los Directores insulares
Respuesta: b).
9. Las unidades administrativas son:
a) Órganos con competencias propias b) Los elementos organizativos básicos de las estructuras orgánicas, que comprenden puestos vinculados funcionalmente y con jefatura común c) Personas jurídicas independientes d) Entidades del sector público institucional
Respuesta: b).
10. En todo Ministerio existirá en todo caso:
a) Una Secretaría de Estado b) Una Subsecretaría y, dependiendo de ella, una Secretaría General Técnica c) Una Secretaría General d) Dos Direcciones Generales como mínimo
Respuesta: b).
11. Las Direcciones Generales se organizan en:
a) Secretarías Generales b) Subdirecciones Generales c) Delegaciones d) Unidades sin jefatura
Respuesta: b).
12. El Ministro es superior jerárquico directo de:
a) Los Directores generales b) Los Secretarios de Estado y los Subsecretarios c) Los Subdirectores generales d) Los Delegados del Gobierno
Respuesta: b).
13. La ordenación jerárquica de los órganos directivos ministeriales es:
a) Director general, Subsecretario y Subdirector general b) Subsecretario, Director general y Subdirector general c) Subdirector general, Director general y Subsecretario d) Secretario de Estado, Subsecretario y Director general
Respuesta: b).
14. Los Secretarios generales tienen categoría de:
a) Ministro b) Subsecretario c) Director general d) Subdirector general
Respuesta: b).
15. Los Secretarios generales técnicos tienen categoría de:
a) Subsecretario b) Director general c) Subdirector general d) Secretario de Estado
Respuesta: b).
16. Las Subdirecciones Generales se crean, modifican y suprimen por:
a) Orden del Ministro b) Real Decreto del Consejo de Ministros c) Acuerdo del Consejo de Ministros d) Resolución del Subsecretario
Respuesta: b).
17. Los órganos de nivel inferior a Subdirección General se crean por:
a) Real Decreto b) Orden del Ministro respectivo c) Ley d) Instrucción del Director general
Respuesta: b).
18. Las unidades que no tienen la consideración de órganos se crean:
a) Por Real Decreto b) A través de las relaciones de puestos de trabajo c) Por acuerdo del Consejo de Ministros d) Por orden ministerial
Respuesta: b).
19. Los Subdirectores generales son nombrados entre:
a) Personas de confianza del Ministro b) Funcionarios de carrera pertenecientes a cuerpos o escalas del Subgrupo A1 c) Cargos electos d) Personal laboral
Respuesta: b).
20. Existirá una Delegación del Gobierno en:
a) Cada provincia b) Cada Comunidad Autónoma c) Cada isla d) Cada municipio de más de cien mil habitantes
Respuesta: b).
21. La sede de la Delegación del Gobierno radicará:
a) Siempre en Madrid b) En la localidad donde radique el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, salvo acuerdo distinto del Consejo de Ministros c) En la capital de la provincia más poblada d) Donde decida el Delegado
Respuesta: b).
22. Los Delegados del Gobierno dependen:
a) Solo del Ministerio competente b) Orgánicamente del Presidente del Gobierno y funcionalmente del Ministerio competente por razón de la materia c) Del Presidente de la Comunidad Autónoma d) Del Subsecretario del departamento
Respuesta: b).
23. Los Delegados del Gobierno representan:
a) A la Comunidad Autónoma b) Al Gobierno de la Nación en el territorio de la respectiva Comunidad Autónoma c) A las entidades locales d) Al Consejo de Estado
Respuesta: b).
24. El Subdelegado del Gobierno es nombrado:
a) Por el Consejo de Ministros b) Por el Delegado del Gobierno, mediante libre designación entre funcionarios de carrera del Subgrupo A1 c) Por el Ministro de Hacienda d) Por el Presidente de la Diputación
Respuesta: b).
25. En las Comunidades Autónomas uniprovinciales en las que no exista Subdelegado:
a) No hay representación estatal b) El Delegado del Gobierno asume las competencias del Subdelegado c) Las asume el Director insular d) Las asume el Ministerio competente
Respuesta: b).
26. La estructura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno se fija por:
a) Orden ministerial b) Real Decreto del Consejo de Ministros c) Resolución del Delegado d) Convenio con la Comunidad Autónoma
Respuesta: b). Y contarán en todo caso con una Secretaría General.
27. Los Directores insulares son nombrados:
a) Por elección b) Por libre designación entre funcionarios de carrera c) Por el Presidente del Cabildo d) Por el Ministro de Política Territorial entre cargos políticos
Respuesta: b).
28. El Servicio Exterior del Estado se rige por:
a) La Ley 40/2015 con carácter principal b) La Ley 2/2014, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, y supletoriamente por la Ley 40/2015 c) El Reglamento consular exclusivamente d) La Ley 39/2015
Respuesta: b).
29. La desconcentración consiste en:
a) Trasladar competencias a otra persona jurídica b) Trasladar la titularidad y el ejercicio de competencias a órganos jerárquicamente dependientes de la misma Administración c) Delegar la firma d) Avocar un asunto
Respuesta: b).
30. La descentralización funcional supone:
a) Trasladar competencias a órganos inferiores del mismo ente b) Trasladar competencias a una persona jurídica distinta, como un organismo público c) Suprimir un órgano d) Crear una unidad administrativa
Respuesta: b).
31. La Administración General del Estado, desde el punto de vista de la personalidad jurídica, es:
a) Un conjunto de personas jurídicas independientes b) Una única persona jurídica c) Una entidad sin personalidad d) Un órgano constitucional
Respuesta: b).
32. Los jefes de las unidades administrativas son responsables de:
a) La representación del Ministerio b) El correcto funcionamiento de la unidad y la adecuada ejecución de las tareas asignadas c) La potestad reglamentaria d) La firma de convenios
Respuesta: b).
33. Ejercer la potestad reglamentaria en las materias propias de su Departamento corresponde a:
a) El Subsecretario b) El Ministro c) El Director general d) El Secretario general técnico
Respuesta: b).
34. Son directamente responsables de la ejecución de la acción del Gobierno en un sector de actividad específica:
a) Los Subsecretarios b) Los Secretarios de Estado c) Los Directores generales d) Los Delegados del Gobierno
Respuesta: b).
35. La representación ordinaria del Ministerio y la dirección de los servicios comunes corresponden a:
a) El Secretario de Estado b) El Subsecretario c) El Secretario general técnico d) El Subdirector general
Respuesta: b).
36. Las competencias sobre producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones corresponden en todo caso a:
a) La Dirección General de Régimen Interior b) La Secretaría General Técnica c) La Subdirección General de Personal d) La Delegación del Gobierno
Respuesta: b).
37. Los Subdirectores generales son responsables inmediatos, bajo la supervisión del Director general o del titular del órgano del que dependan, de:
a) La potestad reglamentaria b) La ejecución de los proyectos, objetivos o actividades asignados y la gestión ordinaria de los asuntos de su competencia c) La representación del Gobierno d) La firma de convenios internacionales
Respuesta: b).
38. La creación de cualquier órgano exige:
a) Únicamente su publicación b) Determinar su forma de integración y dependencia jerárquica, delimitar sus funciones y competencias y dotar los créditos necesarios c) Informe del Consejo de Estado d) Aprobación de las Cortes Generales
Respuesta: b).
39. No pueden crearse nuevos órganos que supongan duplicación de otros existentes:
a) Salvo que lo autorice el Ministro b) Si al mismo tiempo no se suprime o restringe debidamente la competencia de estos c) En ningún caso, sin excepción d) Salvo en la Administración territorial
Respuesta: b).
40. El principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos de titulares de órganos superiores y directivos:
a) No está previsto en la Ley 40/2015 b) Se garantiza conforme al artículo 54 de la Ley 40/2015 c) Solo se aplica al personal laboral d) Se aplica solo en el sector público institucional
Respuesta: b).
41. Las Delegaciones del Gobierno están adscritas orgánicamente:
a) Al Ministerio del Interior b) Al Ministerio competente en materia de función pública y Administraciones territoriales c) A la Presidencia del Gobierno d) Al Ministerio de Asuntos Exteriores
Respuesta: b).
42. Entre las competencias de los Delegados del Gobierno figura:
a) Dictar leyes autonómicas b) La dirección y coordinación de la Administración General del Estado y sus organismos públicos en el territorio c) La aprobación de los presupuestos autonómicos d) El nombramiento de los consejeros autonómicos
Respuesta: b).
43. Entre las competencias de los Subdelegados del Gobierno figura:
a) La dirección y coordinación de la protección civil en el ámbito provincial b) La aprobación de reglamentos estatales c) La representación del Gobierno de la Nación en la Comunidad Autónoma d) La creación de Subdirecciones Generales
Respuesta: a).
44. Presidencia del Gobierno, en la estructura de la Administración General del Estado:
a) No forma parte de ella b) Forma parte de su organización junto con los Ministerios c) Es un organismo autónomo d) Es un órgano constitucional ajeno a la Administración
Respuesta: b).
45. Los servicios comunes de un Ministerio dependen de:
a) La Secretaría de Estado b) La Subsecretaría c) La Dirección General de Presupuestos d) El Delegado del Gobierno
Respuesta: b).
46. Un organismo autónomo, respecto de la Administración General del Estado:
a) Es un órgano más de su estructura b) Tiene personalidad jurídica propia y está vinculado o es dependiente de ella c) Es una unidad administrativa d) Forma parte de la organización territorial
Respuesta: b).
47. El supremo órgano consultivo del Gobierno es:
a) El Tribunal de Cuentas b) El Consejo de Estado c) La Abogacía del Estado d) El Consejo Económico y Social
Respuesta: b).
48. Los órganos colegiados de la Administración General del Estado se rigen, en su régimen general, por:
a) Los artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015 b) La Ley 39/2015 exclusivamente c) La Ley 2/2014 d) El Real Decreto 1708/2011
Respuesta: a).
49. La expresión gestión territorial integrada significa que:
a) Cada ministerio mantiene servicios propios sin coordinación b) Los servicios de la Administración General del Estado en el territorio se integran, como regla, en las Delegaciones del Gobierno c) Las competencias se transfieren a las comunidades autónomas d) Las provincias desaparecen como ámbito de gestión
Respuesta: b).
50. El Gobierno y la Administración General del Estado:
a) Son la misma realidad jurídica b) Son realidades distintas: el Gobierno dirige la Administración, que sirve con objetividad los intereses generales c) Están regulados en la misma ley exclusivamente d) Tienen la misma composición
Respuesta: b).
11. Preguntas de estilo de examen redactadas por TestMiOpo
Diez preguntas con el tono y la extensión de enunciado de la Comisión Permanente de Selección. Son originales.
1. Señale la afirmación correcta sobre los rangos en la organización territorial de la Administración General del Estado.
a) El Delegado del Gobierno tiene nivel de Subdirector general y el Subdelegado rango de Subsecretario.
b) El Delegado del Gobierno tiene rango de Subsecretario y el Subdelegado nivel de Subdirector general.
c) Ambos tienen rango de Director general.
d) Ninguno de los dos es órgano directivo.
Respuesta: b).
2. Un Ministerio proyecta crear una nueva Subdirección General. Señale el instrumento procedente.
a) Orden del Ministro.
b) Real Decreto del Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministro interesado y a propuesta del Ministro competente en materia de función pública.
c) Resolución del Subsecretario.
d) Acuerdo del Consejo de Ministros sin más trámite.
Respuesta: b).
3. Señale qué órganos existen en todo caso en un Departamento ministerial.
a) Una Secretaría de Estado y una Secretaría General.
b) Una Subsecretaría y, dependiendo de ella, una Secretaría General Técnica.
c) Dos Direcciones Generales.
d) Una Delegación del Gobierno.
Respuesta: b).
4. Señale la afirmación correcta sobre la condición de alto cargo.
a) La tienen todos los órganos superiores y directivos sin excepción.
b) La tienen los órganos superiores y directivos, excepto los Subdirectores generales y asimilados.
c) Solo la tienen los Ministros.
d) La tienen también los jefes de servicio.
Respuesta: b).
5. En una Comunidad Autónoma uniprovincial en la que no existe Subdelegado del Gobierno, señale quién ejerce sus competencias.
a) El Presidente de la Comunidad Autónoma.
b) El Delegado del Gobierno.
c) El Director insular.
d) El Ministerio competente por razón de la materia.
Respuesta: b).
6. Señale la diferencia correcta entre órgano y unidad administrativa.
a) Son sinónimos.
b) El órgano tiene competencias atribuidas y puede dictar actos; la unidad administrativa agrupa puestos vinculados funcionalmente bajo una jefatura común.
c) La unidad administrativa tiene personalidad jurídica propia.
d) El órgano se crea siempre mediante relación de puestos de trabajo.
Respuesta: b).
7. Un organismo autónomo asume la gestión de un servicio antes prestado directamente por un Ministerio. Señale la calificación correcta.
a) Es una desconcentración funcional.
b) Es una descentralización funcional, porque el organismo tiene personalidad jurídica propia.
c) Es una delegación de firma.
d) Es una avocación.
Respuesta: b).
8. Señale la afirmación correcta sobre la Administración General del Estado en el exterior.
a) Carece de órganos directivos.
b) Son órganos directivos los embajadores y los representantes permanentes ante Organizaciones internacionales, y su régimen es el de la Ley 2/2014, con aplicación supletoria de la Ley 40/2015.
c) Se rige íntegramente por la Ley 39/2015.
d) Depende del Delegado del Gobierno de Madrid.
Respuesta: b).
9. Se plantea crear un órgano cuyas funciones coinciden en buena parte con las de otro ya existente. Señale la respuesta correcta.
a) Es posible sin condiciones si hay crédito.
b) No pueden crearse órganos que supongan duplicación de otros existentes si no se suprime o restringe debidamente la competencia de estos.
c) Solo cabe si lo autoriza el Consejo de Estado.
d) Solo cabe en la organización territorial.
Respuesta: b).
10. Señale a quién corresponde la jefatura superior del personal del Departamento y la dirección de los servicios comunes.
a) Al Secretario de Estado.
b) Al Subsecretario.
c) Al Secretario general técnico.
d) Al Director general de Personal.
Respuesta: b).
12. Fuentes oficiales citadas
| Fuente | Referencia | Enlace |
|---|---|---|
| Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado: principios, estructura, órganos centrales, organización territorial y servicio exterior, artículos 54 a 80 | Ley 40/2015, de 1 de octubre, BOE-A-2015-10566 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10566 |
| Sentencia sobre diversos preceptos de la Ley 39/2015 y sus títulos competenciales | STC 55/2018, de 24 de mayo, BOE-A-2018-8574 | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-8574 |
| Sentencia sobre preceptos de la Ley 40/2015 en materia de convenios | STC 132/2018, de 13 de diciembre, BOE-A-2019-457 | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-457 |
| Sentencia sobre atribución a la Administración General del Estado de funciones ejecutivas de titularidad autonómica | STC 100/2019, de 18 de julio, BOE-A-2019-11912 | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-11912 |
| Sentencia sobre el derecho fundamental a la protección de datos | STC 292/2000, de 30 de noviembre, BOE-T-2001-332 | https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-T-2001-332 |
| Sentencia sobre el plazo para recurrir actos presuntos | STC 52/2014, de 10 de abril, BOE-A-2014-4822 | https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-4822 |
| Convocatoria vigente del Cuerpo General Auxiliar | Resolución de 18 de diciembre de 2025, BOE-A-2025-26262 | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-26262 |
| Cuestionarios oficiales usados en el análisis de frecuencia | Comisión Permanente de Selección, INAP | https://www.inap.es/es/seleccion/procesos-selectivos-de-cuerposescalas-generales/cuerpo-general-auxiliar-de-la-administracion-del-estado |
13. Control de calidad de este tema
| Comprobación | Estado |
|---|---|
| Cobertura literal del enunciado oficial: Administración General del Estado, órganos centrales, órganos superiores y directivos, órganos territoriales, otros órganos administrativos y Administración del Estado en el exterior | Completa |
| Nivel del tema según rendimiento medido | B, 2,08 puntos por ejercicio |
| Preguntas de test originales, con respuesta explicada | 50 |
| Preguntas de estilo de examen originales | 10 |
| Trampas de examen | 20 |
| Frecuencia medida sobre cuestionarios oficiales, no estimada | Sí, 6 ejercicios y 15 preguntas del tema |
| Enunciados oficiales reproducidos literalmente | Ninguno |
| Resoluciones citadas, todas comprobadas en el BOE | 5 |
| Preceptos transcritos desde el texto consolidado, no de memoria | Ley 40/2015 arts. 54 a 62, 66, 69, 72 a 76 y 80 |
| Reparto con otros temas declarado | Sí: I.5 para Gobierno y Consejo de Ministros, I.9 para organización territorial del Estado e I.11 para competencia y recursos |
| Rayas tipográficas | Ninguna |
| Referencias al BOE con enlace | Sí, siete fuentes oficiales |
| Revisión jurídica por colegiado | Pendiente |
Comprueba si te ha quedado
332 preguntas de La Administración General del Estado, con la solución explicada. Leer el tema y no medirse es la forma más común de creer que uno se lo sabe.
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